Nos encontramos en un momento del año en el que las empresas y los empresarios autónomos ya han presentado sus declaraciones tributarias correspondientes a 2023 y encaran el cierre de 2024 con dos objetivos:
- Obtener el máximo rendimiento empresarial, que no sólo se traduce en dinero y beneficios, sino también en reputación, sostenibilidad y responsabilidad social;
- Valorar las opciones que el mercado y el sistema tributario ofrecen para reducir la carga fiscal sin dejar de contribuir al sostenimiento del Estado del bienestar y del gasto público.
Para ello, la planificación fiscal es fundamental, no sólo para conseguir y mantener la salud financiera, sino también para invertir con criterio y en consistencia con los valores que representan las empresas.
Además de la casilla del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que nos permite elegir destinar parte de nuestra contribución a la Iglesia Católica o a los fines sociales, existe otra forma, aplicable tanto en el IRPF como en el Impuesto de Sociedades (IS), de elegir el destino de una parte importante de nuestros impuestos: la posibilidad de destinar hasta el 50% de la cuota íntegra al sector cultural.
Nos referimos a las deducciones en cuota por inversiones en producciones audiovisuales y de artes escénicas (música, danza, teatro, etc.) reguladas en el artículo 36 de la Ley 27/2014, de 27 noviembre, del Impuesto de Sociedades (LIS), cuya demanda no ha dejado de crecer en los últimos años por parte de empresas y autónomos que planifican su tributación para generar más riqueza e impacto social.
Al mismo tiempo que se reduce la factura fiscal, se está haciendo una aportación a la Cultura que, nos da la oportunidad de financiar proyectos alineados con nuestra sensibilidad social y nuestros principios corporativos. Como consecuencia, se obtiene una difusión y publicidad de nuestra actividad y de los valores que se quieren transmitir a la sociedad, con alcance nacional y, en ocasiones, internacional.
La industria audiovisual y de las artes escénicas juegan un papel esencial en la economía de cualquier Estado. Según los informes publicados por el Ministerio de Cultura, en 2023, solo el cine nacional recaudó la importante cifra de 81.5 millones de euros, atrayendo a más de 13 millones de espectadores a las salas. La financiación de obras audiovisuales y de artes escénicas es la piedra angular para mantener el flujo económico y creativo.
Hasta 2021, este sistema de deducciones por inversiones en el sector cultural estaba reservado a empresas con estructuras más complejas y estrategias tributarias más sofisticadas, que podían aplicarlas a través de su participación en Agrupaciones de Interés Económico (AIE). Sin embargo, desde el 1 de enero de 2021, convive con ese vehículo fiscal otra opción mucho más simplificada que facilita el acceso a todo tipo de empresas y empresarios ampliando las oportunidades de ahorro fiscal: el denominado Contrato de Financiación que introdujo el apartado 7 del artículo 39 de la LIS.
Estas deducciones son el paradigma del win-win: el productor de las obras susceptibles de generar deducción recibe financiación en forma de cash directo de inversores privados ajenos a la industria cultural y, en contrapartida, el contribuyente financiador, es decir, la empresa que decide realizar estas inversiones, obtiene una rentabilidad fiscal garantizada del 20%, con la consiguiente reducción del pago de sus impuestos.
La figura jurídica que subyace en esta operación es el “traspaso” o venta de la deducción generada por el productor, a favor del inversor, a cambio de un precio que es un 20% inferior al importe de la deducción que se traspasa y que se aplicará el inversor.
En el grupo LACHARITO, nos avalan nuestra trayectoria y nuestro equipo de profesionales. Conectamos empresas con proyectos susceptibles de generar deducciones fiscales y nos ocupamos de estructurar las operaciones de financiación con traspaso de deducción. Además, al ser un servicio que prestamos a nuestros clientes productores, todo el coste de la operación es asumido por el productor, al que le proveemos de los recursos financieros que necesita, el soporte legal que requieren estas operaciones y la profesionalidad como garante del cumplimiento de todos los requisitos legales para su aplicación.